El Ministerio de Trabajo informó que habilitó a 121.628 trabajadores con contratos laborales suspendidos por la cuarentena obligatoria dispuesta desde marzo, para que puedan cobrar el beneficio del Instituto de Previsión Social (IPS), la suma G. 1.069.000, correspondiente al 50% del salario mínimo vigente.
Sin embargo, desde el anuncio del inicio de la fase 1 de la cuarentena inteligente el pasado 04 de mayo, varias empresas retomaron sus actividades laborales, por lo que, teniendl en cuenta ello, la cartera de Trabajo comunicó que el beneficio del IPS ya percibido por los trabajadores suspendidos no deben ser descontados por las empresas, una vez que estas vuelvan a sus puestos de trabajo.
“Las compensaciones económicas no forman parte del salario, por tanto, no pueden ser objeto de descuento para los trabajadores ni pueden exigir la devolución en ningún concepto”, manifestó Karina Gómez, directora de Trabajo.
Cabe recordar que el pago de la mitad del sueldo mínimo, se dio en dos ocasiones a estos trabajadores y se realizó en el marco de la Ley de Emergencia por la COVID-19.