Un tribunal colegiado integrado por los magistrados Herminio Montiel (presidente), Marino Méndez y Teresita Cazal (miembros), condenó ayer al ciudadano español Germán Fresneda López Altuna (48), a dos años con suspensión de la ejecución penal por coacción y desacato, por un periodo de tres años de prueba, en cuyo plazo no podrá acercarse a la víctima en un radio de 200 metros. El juicio oral y público concluyó ayer en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
El extranjero fue denunciado ante el Ministerio Público en el año 2020 por violación de la ley n º 5.777 que habla de la «protección integral a las mujeres, contra toda forma de violencia». La víctima, Cynthia Erostida Ferreira Méndez, a quien el prepotente sujeto maltrataba verbalmente de manera sistemática ya no aguantó los malos ratos y decidió denunciar al sujeto ante la Fiscalía. Ella es moradora del edificio La Victoria, ubicado en el barrio Boquerón de Ciudad del Este, predio donde también residía el violento extranjero, que se jactaba de ser dueño del edificio y no permitía que la denunciante siquiera reciba visitas.
En varias ocasiones la denunciante fue víctima de improperios irreproducibles y denigrantes por parte del hombre, quien ni siquiera respetó una orden judicial de prohibición de acercamiento que la mujer consiguió en el juzgado de paz de Ciudad del Este. La causa fue investigada por la fiscal Rocío Celeste González, de la unidad Especializada en la Lucha Contra la Violencia Familiar, quien presentó la acusación y el pedido de elevación a juicio oral y público. Durante el contradictorio, una gran cantidad de testigos argumentaron la acusación presentada por la fiscal, coincidiendo en los constantes ataques a la denunciante, inclusive, a empleados del predio y funcionarios municipales. Esta condena insólita en nuestro país, deja un precedente significativo en casos de cualquier forma de violencia contra la mujer, sin importar que la víctima sea o no pareja del autor del hecho.
Cabe recordar además que López Altuna tiene a cuestas una denuncia presentada por su esposa, por un hecho de violencia familiar, acción que la mujer pretendía dejar retirar para que el caso quede sin efecto, pese a que la legislación paraguaya no permite tal cosa y obliga a las autoridades a continuar las investigaciones correspondientes.
